Plan General, ampliación del plazo de caducidad del documento de referencia
Los Planes Generales y Planes Generales Estructurales que se encuentre en tramitación, en el ámbito de la Comunidad Valenciana, pueden solicitar la ampliación del plazo de vigencia del documento de referencia asimilado al documento de alcance y del documento de alcance emitido por la administración autonómica sobre el planeamiento.
Legislación de aplicación
Un Plan General o Plan General Estructural, en base a la Ley 21/2017 de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana, que añade en su Sección tercera, Ordenación del territorio, Artículo 42, una disposición transitoria undécima a la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje LOTUP, puede ampliar el plazo de vigencia de los documentos de referencia asimilados al documento de alcance y de los documentos de alcance emitidos y no caducados a fecha 1 de enero de 2018.
Condiciones a cumplir
Un Plan General o un Plan General Estructural los condicionantes que tiene que cumplir para poder ampliar el plazo de vigencia de los documentos de referencia asimilados al documento de alcance y de los documentos de alcance emitidos, bien sean de un Plan General o un Plan General Estructural son, según se indica en el art. 42 de la ley 21/2017, que no estén caducados a fecha 1 de enero de 2018 y solicitar la prórroga de su vigencia hasta el 20 de agosto de 2019.
Para ello, antes del 20 de agosto de 2018, se deberá remitir a la Direcció General de Medi Natural i Avaluació Ambiental de la Conselleria d’Agricultura, Medi Ambient, Canvi Climàtic i Desenvolupament Rural, la solicitud de la ampliación del plazo junto con el anuncio de información pública del Plan General o Plan General Estructural publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
En el anuncio de información pública del Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, se ha de realizar mención expresa de que se expone tanto la documentación ambiental como la documentación urbanística completa. En caso de que no se indicará de manera expresa, y que se hubiera expuesto al público tanto la documentación ambiental como la urbanística, el anuncio de publicación del Diari Oficial de la Generalitat Valenciana se deberá acompañar de un certificado del Secretario municipal en el que se indique claramente que en la exposición al público realizada se expuso tanto la información ambiental completa como la información urbanística, según la legislación de aplicación en cada caso.
Para cualquier duda sobre como solicitar la ampliación del plazo de vigencia de los documentos de referencia asimilados al documento de alcance o de los documentos de alcance emitidos, bien sean de un Plan General o un Plan General Estructural, puedes ponerte en contacto con nosotros en el tef. + 34 963 347 374 – 637 440 091; atiende Jesús Domènech